Quienes no cuenten con residencia permanente deberán presentar un seguro de salud o abonar previamente las prestaciones en establecimientos nacionales. Las emergencias continuarán siendo atendidas sin importar la situación migratoria.

El Gobierno nacional reglamentó el procedimiento para la atención sanitaria de extranjeros en establecimientos dependientes del Estado nacional. La medida diferencia el acceso según la situación migratoria y establece nuevas condiciones para quienes no tengan residencia permanente.

Los extranjeros con residencia permanente podrán continuar utilizando el sistema público en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. En cambio, quienes no cuenten con esa condición deberán acreditar un seguro de salud o pagar previamente el costo de las prestaciones habituales.

Para garantizar la aplicación del nuevo esquema, se establecieron circuitos administrativos diferenciados para pacientes con cobertura y para aquellos que deban afrontar directamente el costo de la atención.

La normativa mantiene una excepción central: ante una emergencia, la atención continuará garantizada independientemente de la situación migratoria o de la capacidad de pago del paciente.

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